Comisión de Obras Públicas, Desarrollo y Movilidad Urbana avanza en reforma integral a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial de Chihuahua
Nota y fotos por: Silver Juárez Arce
La Comisión de Obras Públicas, Servicios Públicos, Desarrollo y Movilidad Urbana del Congreso del Estado de Chihuahua, a través de su Mesa Técnica en Materia de Seguridad Vial, continúa con el análisis y estudio de la reforma a la Ley de Viabilidad y Tránsito para el Estado, con el objetivo de armonizarla con la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Chihuahua. Esta iniciativa busca emitir los reglamentos correspondientes y establecer las bases administrativas necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales.
El Decreto No. LXVII/EXLEY/0901/2024, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 1 de enero de 2026, establece un plazo de ciento ochenta días naturales a partir de su entrada en vigor para que se emitan los reglamentos respectivos y se adecuen los lineamientos, acuerdos y disposiciones administrativas vigentes. Este proceso incluye la presentación de iniciativas de ley o decreto que sean pertinentes para cumplir con el ordenamiento expedido.

La legisladora Joss Vega, del Partido Acción Nacional (PAN), propuso en primer término una reforma para armonizar los conceptos previstos en la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, con el fin de lograr mayor claridad en el entendimiento de las disposiciones y referencias dentro del ordenamiento. Entre los cambios más destacados se encuentran:
La Subsecretaría de Viabilidad y Tránsito cambiará su denominación a Subsecretaría de Movilidad, lo que implica una reestructuración en sus funciones y atribuciones. Los Observatorios de Movilidad y Seguridad Vial pasarán a ser auxiliares de la Subsecretaría de Movilidad, reforzando su papel en la supervisión y evaluación de políticas públicas en la materia.
Se ampliarán las obligaciones de Comandantes y Oficiales de la Subsecretaría, especialmente en lo que respecta al trato digno y respetuoso hacia las personas usuarias de la vía pública. Además, se enriquecerán los requisitos para ser Jueces y Juezas Cívicos, así como sus atribuciones, con el objetivo de garantizar un proceso más transparente y eficiente.
La reforma también establece la regulación de la conducción por menores de 18 años y la obligatoriedad del uso de sistemas de retención adecuados en vehículos que transporten niñas, niños y adolescentes, con una estatura menor a 1.35 metros, o cualquier persona que por su constitución física lo requiera.

Se armonizarán los criterios en grados y niveles de alcoholemia en la sangre con lo establecido en la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, así como los límites de velocidad y la clasificación de vías. Además, se actualizará el proceso de obtención y cancelación de licencias de conducir, con el fin de garantizar mayor transparencia y eficiencia.
La reforma también contempla la priorización de personas peatonas y con discapacidad dentro del sistema de movilidad y seguridad vial, especialmente en lo que respecta a la accesibilidad de los vehículos de cualquier clase. Se establecerá la responsabilidad de la Subsecretaría de Movilidad para realizar campañas, programas y cursos de seguridad y educación vial, así como la sensibilización y atención a personas con discapacidad, destinando recursos para difundir conocimientos básicos necesarios en la materia.
El objetivo final es reducir el índice de muertes y lesiones por siniestros de tránsito, facilitando la circulación de vehículos en los centros de población y en la infraestructura vial de la entidad. Asimismo, se busca desarrollar y estimular el sentido de responsabilidad y profesionalismo de las personas conductoras de vehículos del servicio de transporte público, creando las condiciones necesarias para lograr una sana convivencia en las vías.
