Fuentes al interior del Poder Judicial confirmaron que mediante resolución de fecha 19 de septiembre del 2023, un Juzgado de Distrito en el Estado de Chihuahua, determinó que respecto de los diversos actos reclamados, consistentes en extorsión y ataques a su independencia judicial, cometidos en perjuicio de un Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Morelos en el Estado de Chihuahua, en detrimento de la independencia judicial y de la impartición de justicia administrativa, no obstante que las autoridades responsables alegaron y negaron la existencia de los actos que se les atribuyó, tales manifestaciones quedaron desvirtuadas. 

Se resolvió que esto es así, “en razón del contenido de las constancias que obran en autos, se aprecia la existencia de los diversos actos reclamados, pues tomando en consideración las manifestaciones del quejoso en sus escritos de demanda y aclaratorio, junto con las direcciones de páginas web ofrecidas por la parte quejosa en forma de inspección judicial, en donde se advierte el posicionamiento en contra del quejoso el cual resulta evidente, así como la expresiones, con el fin de obstaculizar el ejercicio de su función jurisdiccional como Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Morelos, con sede en esta ciudad, y que compromete la independencia judicial.” 

En la sentencia, se refiere que el Juez quejoso precisó, “que las autoridades han intentado menoscabar su función judicial y con ello su independencia en el desempeño de su labor, por decir algunos ejemplos: privar de carga de trabajo alguna y luego al reanudarla nuevamente, no le proporcionan los recursos materiales y humanos para que pueda brindar el servicio público de administración de Justicia; persecución política e institucional hacia su independencia judicial; violencia institucional; extorsión y ataques a su independencia judicial; omisión de brindar y garantizar la integridad física, la seguridad y el derecho humano a un medio ambiente libre de violencia, ante los actos de violencia, extorsión, acoso e intimidación, lo que ha trastocado en la independencia judicial, entre otros, por mencionar los ejemplos más graves.” 

De lo anterior, concluye el Juez de Distrito que “se advierten aspectos que comprometen la independencia e imparcialidad de un funcionario titular ratificado como Juez, con la que los jueces deben actuar en aras de lograr uno de sus objetivos principales que es el de impartir justicia y hacer valer sus determinaciones, que precisamente es en lo que la Sociedad Mexicana está interesada y ha sido criterio reiterado del Máximo Tribunal de Justicia del País, inclusive estas figuras fueron eje piloto de la anterior Presidencia de la Corte y que nuevamente han sido llevadas de la mano por la actual Ministra Presidenta.” 

Por lo anterior, la orden federal a la Presidenta del Consejo de la Judicatura, Myriam Hernández Acosta es que: 

“Bajo estas consideraciones, deberá de dotársele del personal suficiente y necesario para el desarrollo de las funciones inherentes y quehaceres jurisdiccionales, además de que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, tendrán que abstenerse de realizar cualquier acción que comprometa la independencia e imparcialidad judicial que reviste al quejoso como Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Morelos, con sede en esta ciudad.” 

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