Por: Betzabe Lucero

Chihuahua. – por voz de la diputada Margarita Blakaller presidenta de la comisión de justicia, se presentó un dictamen con carácter de decreto, a fin de incorporar al código penal del Estado de Chihuahua, el delito de pederastia.

En la exposición de motivos se señaló que el Estado debe trabajar en el bien de los niños y niñas de la entidad, además se dio a conocer hubo diversos involucrados en el dictamen, en específico especialistas, los cuales trabajaron en pro de una buena redacción y no duplicidad de conductas en la procuración y 

A efecto de que no sería  delito autónomo aún así se buscará visualizar el delito de manera enunciativa, con el fin de visibilizar la incidencia,además de que se implementarán acciones para prevenir y reducir el delito.

El artículo quedó de la siguiente manera:

Los delitos de feminicidio, previsto en el artículo 126 bis; extorsión; tráfico de influencias, previsto en el artículo 265; cohecho, en el supuesto que prevé el artículo 269, fracción II; peculado, en la hipótesis señalada en el artículo 270, fracción II; concusión, de acuerdo con el artículo 271, fracción II; homicidio calificado; tortura, y enriquecimiento ilícito, de acuerdo con el numeral 272; así como aquellos previstos en los artículos 171, 172, 173, 174, 175, 178, 179 Bis y 184 de este Código, cometidos en contra de personas menores de edad o de las que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo, son imprescriptibles.

Cuando una persona mayor de dieciocho años, realice en una persona menor de catorce años, cualquiera de las conductas a que se refieren los artículos 172, 174, 176 y 176 Bis de este Código, se considerará pederastia.  

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