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Juicio Político./Va por una candidatura libre Santiago de la Peña./La reforma electoral debe analizarse a conciencia, Bonilla./Calentó el ambiente político las declaraciones de A. Dominguez./Millonaria inversión en parque de aventura en Guachochi./Renuncia de juez hombre será ocupada por mujer, de acuerdo a la ley.

Va por una candidatura libre Santiago de la Peña.
La reforma electoral debe analizarse a conciencia, Bonilla.
Calentó el ambiente político las declaraciones de A. Dominguez.
Millonaria inversión en parque de aventura en Guachochi.
Renuncia de juez hombre será ocupada por mujer, de acuerdo a la ley.



CARGO.-Santiago De La Peña Grajeda, secretario general de Gobierno, manifestó su posible intención de registrarse en la aplicación del Partido Acción Nacional, para buscar un cargo de elección popular en el 2027. Descartó la posibilidad de afiliarse al PAN o al PRI, y reafirmó continuar con su condición de “ciudadano libre”, desde 2017, fecha en la que culminó su afiliación al Revolucionario Institucional. 

Agregó que sigue de cerca la oferta política del PAN Nacional de cara a las elecciones de 2027 “continúo siendo un ciudadano interesado en el servicio público”, destacó.

Consideró ser una decisión personal el no refrendar su afiliación al PRI, pero eso no quiere decir que no quiera participar por un cargo de elección popular. 

REFORMA.- El presidente municipal de Chihuahua, Marco Bonilla, advirtió que cualquier reforma electoral, en particular aquella que plantee modificaciones al esquema de diputados plurinominales, debe ser analizada con profundidad y construida mediante amplios consensos, al tratarse de un tema que —dijo— impacta directamente en el futuro democrático del país.

SUSTENTO.- Santiago De La Peña, secretario general de Gobierno del Estado, pronunció que las recientes declaraciones del presidente estatal del PRI en Chihuahua, Alejandro Domínguez, fueron “desafortunadas y sin sustento”. 

PERSECUCIONES.- Domínguez Domínguez aseguró durante una rueda de prensa que para el próximo proceso electoral, el peor escenario para el PRI sería la pérdida de votos, mientras que para el PAN las consecuencias podrían ser mucho más graves, al advertir sobre posibles persecuciones políticas en caso de perder el Gobierno.

AFILIACIÓN.-Estas declaraciones fueron las que De La Peña consideró como desafortunadas y dijo creer no tenían quizá esa intención; “quien tiene que aclararlo es él”.  También el presidente del PRI y diputado federal, se refirió a De La Peña, al asegurar que desde el Revolucionario Institucional no lo están impulsando políticamente como sí lo hacen desde el PAN. 

Santiago refirió que desde 2017 decidió no refrendar su afiliación al PRI, por lo cual desde entonces considera ser “un ciudadano libre”, pero eso no quiere decir que no quiera participar por un cargo de elección popular.

PARQUE.-  José Yáñez Ronquillo, alcalde de Guachochi, Chihuahua, informó sobre la creación de un nuevo Parque Aventura en Guachochi, Chihuahua, para el cual podrían destinarse 70 millones de pesos. 

CARGO.-El máximo órgano jurisdiccional electoral revocó el dictamen emitido por la Comisión de Justicia del Senado de la República, la cual había determinado que la vacante debía ser cubierta por una persona del mismo género que el candidato que renunció al cargo.

PROCESO.-En consecuencia, la Sala Superior ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que, previa verificación de los requisitos de elegibilidad, designe como jueza de Distrito a Amalia Irandery Ortiz Armendáriz, quien obtuvo el segundo lugar en la votación del Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 para personas juzgadoras en el estado de Jalisco.

RENUNCIA.-Ortiz Armendáriz participó como candidata a juzgadora en materia penal en el Distrito Judicial Electoral 2 del Tercer Circuito Judicial, donde el primer lugar fue obtenido por Adrián Guadalupe Aguirre Hernández, quien posteriormente presentó su renuncia irrevocable al cargo ante el Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación.

GÉNERO.-Tras recibir la renuncia, el Senado solicitó al INE informar qué persona del mismo género había obtenido la mayor votación, decisión que fue impugnada por la candidata al considerar que el artículo 98 constitucional debía interpretarse con perspectiva de género, a fin de no excluir a mujeres con mayor respaldo ciudadano.

PARIDAD.-Durante la sesión pública, a propuesta de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, la Sala Superior concluyó que la norma constitucional que prevé cubrir vacantes con personas del mismo género tiene como finalidad garantizar la paridad, por lo que no puede utilizarse para desplazar a mujeres que obtuvieron una mejor votación.