Genera polémica posible aplicación en todo el país.

La propuesta señala que los elementos de escenas bíblicas en la vía pública viola la libertad religiosa, los principios constitucionales del Estado laico y el principio de igualdad y no discriminación.

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, presentará en la Primera Sala una iniciativa en la que busca prohibir la instalación de nacimientos, cualquier tipo de adorno o signo alusivo a la religión en espacios públicos y que no vayan con cargo al erario.

Dicha propuesta será presentada el miércoles 9 de noviembre, y va en el sentido que los elementos de escenas bíblicas en la vía pública viola la libertad religiosa, los principios constitucionales del Estado laico y el principio de igualdad y no discriminación.

La iniciativa de eliminar la presencia de nacimientos navideños en la calle inició hace dos años, cuando ciudadanos de Chocholá, Yucatán presentaron un recurso contra las autoridades de la demarcación por instalar un nacimiento en edificio municipal financiado con dinero público.

Actualmente el amparo 216/2022 se encuentra en revisión.

En el texto del ministro se indicó que como consecuencia de haber privilegiado los símbolos o insignias de la religión cristiana, se posicionaron las autoridades municipales como “hostiles e indiferentes” frente a cualquier otra concepción religiosa o de conciencia.

A pesar de que la neutralidad del Estado mexicano dispone -entre otras cuestiones- que toda la autoridad ha de ocuparse de evitar la imposición de ciertas ideas o dogmas de unas personas sobre de otras; y por el contrario, ha de preocuparse por garantizar el ejercicio libre de cualquier religión, o incluso, de «ninguna de ellas”, se lee en el documento.

Lo que está causando polémica es que, si el criterio obtiene mayoría de cuatro votos en la Sala, generará automáticamente una jurisprudencia que será aplicable en todo el país.

Pero si el amparo se concede con tres votos, beneficiará al quejoso y el municipio demandado será el único obligado a cumplir con la orden del Máximo Tribunal Constitucional del país.

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