¿DEBE SUMARSE EL PODER JUDICIAL DE CHIHUAHUA A ESTE DESASTRE?
Redacción por: Mtra Tania Belcotoski
El pasado 5 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo que establece un sistema de evaluación para el personal de carrera judicial, cuyos resultados determinarán si los trabajadores reciben una constancia de permanencia por dos años, por uno solo o quedan sujetos a un procedimiento que puede terminar en su separación del cargo.
Lo verdaderamente preocupante es que jueces, magistrados y quienes integran el órgano que emitió el acuerdo no están sujetos a estas mismas evaluaciones, pero los superiores sí podrán intervenir en la calificación de sus subordinados.
¿Y QUIÉN EVALÚA A LOS EVALUADORES?
Porque resulta bastante cómodo exigir conocimientos, capacidad y excelencia profesional cuando no se está dispuesto a demostrarlos bajo las mismas condiciones.
Pero el peligro va mucho más allá de perder un empleo. Un secretario proyectista debe tener la libertad de advertir a su superior que está equivocado, sin temor a que su discrepancia jurídica termine costándole su permanencia.
No hace falta despedir a todos los trabajadores para someter a una institución. Basta con que sepan que conservar su empleo puede depender de la opinión de quienes ejercen autoridad sobre ellos.
En Chihuahua existe información de que se pretende implementar un esquema semejante, y eso debería encender todas las alarmas.
La Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado protege expresamente los derechos laborales adquiridos. Un nombramiento definitivo no es un regalo que la autoridad pueda retirar cuando le resulte conveniente, ni una carrera profesional construida durante décadas puede tratarse como si se estuviera concursando por primera vez para ingresar al servicio público.
A ello se suma otra irregularidad que merece explicación: ¿por qué algunas personas que ingresaron con los nuevos jueces y magistrados recibieron nombramientos temporales, mientras otras obtuvieron plazas definitivas? ¿Con qué criterios se decidió quién merecía estabilidad laboral?
Sería inadmisible que las plazas definitivas sirvieran para proteger a los favorecidos, mientras las evaluaciones se utilizaran para desplazar a quienes resulten incómodos y abrir espacios a personas cercanas al poder.
Y aquí entra otro asunto, distinto pero igualmente preocupante.
El Tribunal de Disciplina Judicial de Chihuahua, encabezado por Francisco Javier Acosta Molina, presumió haber evaluado a 297 jueces y magistrados.
La ley exige que esas evaluaciones comprendan sus conocimientos y competencias profesionales y que los resultados sean públicos.
Entonces, ¿dónde están esos resultados? ¿Qué exámenes presentaron? ¿Quién seleccionó las resoluciones que fueron revisadas? ¿Con qué instrumentos demostraron sus conocimientos?
Porque una visita administrativa y unos cuestionarios no acreditan por sí solos la capacidad profesional de quienes imparten justicia. Y si no se transparentan los métodos y resultados, existen razones para cuestionar si estamos frente a una evaluación auténtica o una mera simulación institucional.
Más aún cuando, después de una reforma judicial en la que los poderes públicos intervinieron en la selección de candidaturas, resulta indispensable evitar que los compromisos políticos se traduzcan en favores, nombramientos discrecionales o decisiones ajenas a la independencia judicial.
Haber sido elegido no significa estar capacitado. La jerarquía no garantiza conocimientos y la legitimidad electoral tampoco concede inmunidad frente al escrutinio.
Antes de imponer en Chihuahua cualquier esquema semejante al federal, deben publicarse sus reglas, justificarse su constitucionalidad y garantizarse el respeto a los derechos adquiridos. Asimismo, deben transparentarse las evaluaciones de los juzgadores y explicarse las diferencias en el otorgamiento de nombramientos.
De lo contrario, deberán enfrentarse las impugnaciones legales correspondientes, sin descartar la posibilidad de un paro laboral.
El Poder Judicial no es patrimonio de sus titulares, de los grupos políticos ni de quienes administran sus plazas. Mucho menos una bolsa de trabajo para colocar personas cercanas a costa de quienes han dedicado su vida a la institución.
Porque si las evaluaciones se convierten en un instrumento para quitar de en medio a los incómodos, premiar lealtades y disponer de puestos de trabajo, entonces dejemos de llamarlo profesionalización.
Eso no sería mejorar la justicia. Sería utilizarla como pretexto para controlar a quienes la sostienen.
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Fuentes: Acuerdo General AG-POAJ-025/2026, DOF, 5 de noviembre de 2026. Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, última reforma del 9 de mayo de 2026, artículos 259, 260, 331 y 351, y transitorios duodécimo y decimoquinto.
